Real Decreto 56/2016

Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.

Las empresas de más de 250 trabajadores o con facturación superior a 50 millones de euros anuales con un balance superior a 43 millones de euros, así como los grupos de sociedades que cumplan estos requisitos deberán someterse a una auditoría energética cada 4 años que cubra, al menos, el 85% de su consumo energético, incluyendo consumos de transporte. Podrá ser realizada por técnicos cualificados que pertenezcan a dicha empresa, siempre que no tengan relación directa con las actividades auditadas y pertenezcan a un departamento de control interno de la misma.

Una vez realizada la auditoría, se deberá comunicar al órgano competente en el plazo de tres meses para su inclusión en el correspondiente registro.

A continuación enlazamos el Real Decreto para su consulta:

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